«SEPE: ¿Cobrar paro tras renuncia? Excepciones en periodo de prueba»

El SEPE autoriza el cobro del paro en casos de acoso laboral

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el ente encargado de la gestión de las prestaciones por desempleo en España, y en muchas ocasiones ha sido objeto de críticas y controversias por la rigidez de sus criterios para autorizar o denegar el cobro del paro.

Una de las situaciones más conflictivas a la hora de solicitar el desempleo es aquella en la que el trabajador cesa voluntariamente su trabajo, ya que el SEPE no permite el cobro del paro en estas situaciones, salvo excepciones muy concretas, como es el caso del periodo de prueba. No obstante, existe una circunstancia para la que el SEPE autoriza el cobro del paro: el acoso laboral.

El acoso laboral es un problema frecuente en el ámbito laboral, que se produce cuando un trabajador sufre hostigamiento, intimidación o violencia psicológica por parte de un superior jerárquico, compañero de trabajo o subordinado. Esta situación puede tener graves consecuencias en la salud física y mental del trabajador afectado, lo que puede llevar a una situación de incapacidad temporal o permanente, que impide continuar trabajando.

En el caso de que un trabajador se vea obligado a renunciar a su trabajo debido al acoso laboral que sufre, puede solicitar el cobro del paro, y para ello deberá cumplir una serie de requisitos y procedimientos. En primer lugar, el trabajador deberá demostrar la existencia de la situación de acoso laboral mediante un informe médico o psicológico que acredite el daño sufrido y la relación causa-efecto entre el acoso y la incapacidad para continuar trabajando.

Una vez acreditada la situación de acoso laboral, el trabajador deberá presentar la correspondiente solicitud de prestación por cese voluntario, en la que se incluirá toda la documentación necesaria que acredite la situación de acoso, como por ejemplo, denuncias interpuestas ante la autoridad laboral o judicial.

No obstante, es importante tener en cuenta que la concesión de la prestación por cese voluntario en casos de acoso laboral está sujeta a la valoración del SEPE, que deberá comprobar la veracidad de los hechos y la relación causa-efecto entre el acoso y el cese voluntario del trabajador.

En conclusión, el acoso laboral es una situación inaceptable en cualquier ámbito, y en el ámbito laboral, puede tener graves consecuencias en la salud y el bienestar de los trabajadores afectados. Por ello, el SEPE ha establecido una serie de medidas para proteger a los trabajadores afectados por el acoso laboral, proporcionándoles la posibilidad de solicitar el cobro del paro en caso de cese voluntario del trabajo debido al acoso laboral sufrido.

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