«Nuevo subsidio SEPE: hasta 545€ mensuales para mayores de 45 años»

El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) quiere ayudar a aquellos ciudadanos que puedan tener más dificultades económicas, tanto en la actualidad como en el futuro. Especialmente, los mayores de 45 años que sean hijos o hermanos dependientes de un pensionista de jubilación o incapacidad permanente podrán recibir una ayuda importante. Esta medida busca mitigar la vulnerabilidad económica de estos familiares tras el fallecimiento de la persona con la que convivían.

Una ayuda mensual de hasta 545 euros puede llegar a estos familiares en casos de vulnerabilidad económica. Pero, esta ayuda podría llegar hasta un 100% si el fallecido no tenía ni pareja ni hijos. Por otro lado, estas pensiones contributivas se han revalorizado este año. El total al mes de la pensión para estos familiares ha subido en torno a 19 euros, pasando de 220,70 euros a 239,50.

Para que los familiares puedan acogerse a este subsidio, deberían de haber convivido y dependido económicamente de esta persona. Hablamos de los dos años previos a la fecha de su muerte. Además, no deben tener medios de subsistencia ni derecho a otra pensión pública. Pero ¿quienes son los familiares que pueden acceder? También lo podrían hacer nietos y hermanos del fallecido que no tengan padre y madre. O que sean menores de 18 años o mayores de edad, con incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.

La madre y abuela del fallecido, si son viudas, solteras, casadas, separadas judicialmente o divorciadas también podrían acceder a esta ayuda, al igual que el padre y los abuelos. Además, los menores de 22 años también pueden solicitar dicha ayuda si tienen ingresos inferiores al 75% del SMI.

Los familiares pueden solicitar esta ayuda desde que pierda la vida su familiar. Aunque hay que tener en cuenta que los efectos económicos de la pensión tienen una retroactividad máxima de tres meses.

Es importante tener en cuenta el requisito relacionado con la cotización para cobrar el subsidio. Para su cobro, hay que acreditar un período de cotización sin contar dicho periodo cuando haya muerto como consecuencia de un accidente o enfermedad profesional.

En cuanto al alta, o caso similar, deberá haber cotizado 500 días durante cinco años consecutivos, justo antes del fallecimiento. O bien 15 años a lo largo de toda la vida laboral. Si en el momento del deceso no estuviese en alta, se pedirán 15 años de toda la vida laboral. Y si era pensionista, no habrá ningún mínimo de cotización.

¿Cómo calcular el subsidio para mayores de 45? Para calcular este subsidio, se aplica el porcentaje el 20% a la base reguladora. Varía esta según la situación laboral del fallecido al morir y cómo se ha producido ese deceso.

En resumen, el SEPE ha lanzado una medida que busca ayudar a aquellos ciudadanos que puedan tener más dificultades económicas, especialmente los mayores de 45 años que sean hijos o hermanos dependientes de un pensionista de jubilación o incapacidad permanente. Esta ayuda puede llegar hasta los 545 euros mensuales, pero podría aumentar hasta el 100% si el fallecido no tenía pareja ni hijos. Además, los familiares podrían acogerse a esta ayuda si han convivido y dependido económicamente de ellos durante los dos años anteriores a su fallecimiento, no tienen medios de subsistencia ni derecho a otra pensión pública y cumplen con los requisitos de cotización.

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