Limpiar o perder: Mercadona, Lidl y Carrefour sancionan la falta de higiene personal

¡Importante! Grandes empresas españolas incorporan sanciones por falta de higiene personal

En la actualidad, muchos convenios colectivos de las grandes empresas españolas incluyen cláusulas que contemplan la sanción de empleo y sueldo por la falta de aseo y limpieza personal. Para las compañías, la higiene es un tema primordial para fomentar un ambiente de trabajo saludable, cómodo y agradable.

Entre estas empresas destacan Mercadona, Lidl y Carrefour, las cuales han añadido como una de sus normativas la necesidad de que sus trabajadores lleven buena higiene personal. Y es que, en los establecimientos de estas cadenas, los empleados se encuentran en contacto directo con los clientes, siendo la buena imagen fundamental para el negocio.

En concreto, los convenios de estas empresas contemplan sanciones para los trabajadores que no cumplan estas normas. Por ejemplo, en Mercadona, si un trabajador no lleva un buen aspecto personal o no cumple las normas de higiene fijadas, se enfrentaría a la posibilidad de perder días de trabajo y sueldo.

En Lidl, por su parte, se ha incluido una cláusula que establece que la propiedad del trabajador sobre su puesto de trabajo es condicional a su presencia y apariencia personal adecuada. Por lo que, cualquier falta de cuidado en su higiene, podría acarrear consecuencias negativas para su puesto laboral.

Finalmente, Carrefour, ha incorporado en su convenio un apartado en el cual se establecen las conductas que se consideran faltas graves, entre las que se encuentra la falta de higiene personal que pueda afectar al desempeño del puesto o a la imagen del establecimiento.

En definitiva, estas grandes empresas españolas demuestran ser disruptivas a la hora de cuidar su imagen y velar por la comodidad de sus clientes. Además, estas cláusulas de control de la higiene personal pueden suponer un punto de inflexión en el mercado laboral español, pues, aun cuando no sean comunes, tienden a ser más frecuentes en empresas de países europeos como Francia, donde se han implementado medidas similares en el sector hostelero y alimentario.

Por ello, ¿qué opinas de este tipo de medidas por parte de la empresa? ¿Crees que es necesario este tipo de control laboral o infringe el derecho a la intimidad personal del trabajador? Déjanos tus opiniones en los comentarios.

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